Close Menu
San Borondon InfoSan Borondon Info
  • 🏚 Inicio
  • 💯 Nosotros
  • 📰 Noticias
    • 🎨 Cultura
    • 📈 Economía
    • 🎓 Educación
    • 🌐 Internacional
    • ⚖️ Justicia
    • 🍃 Medio Ambiente
    • 👥 Movimiento Ciudadano
    • 📰 Noticias Política
    • 💓 Sanidad
    • 👨‍👩‍👧‍👦 Sociedad
    • 🏖️ Turismo
    • ⚠️ Corrupción
    • 🔬 Ciencia
  • 👨‍💼 Opinión
    • ❤️ Salud
    • 👥 Política Social
    • 💬 Política Opinión
    • 📰 Medios
    • 🍃 Medio Ambiente
    • ⚖️ Justicia
    • ⚡Energía
    • 🎓 Educación
    • 📈 Economía
    • 🏙️ Desarrollo
    • 🎨 Cultura
  • 🎯 Sala SB
    • 📅 Programación
    • ☑️ Actividades
  • 🎙 Audios de RSB
    • 📻 LA TRAPERA
Facebook X (Twitter) Instagram YouTube
San Borondon InfoSan Borondon Info
Facebook X (Twitter) Instagram
ESCUCHAR ONLINE
  • 🏚 Inicio
  • 💯 Nosotros
  • 📰 Noticias
    • 🎨 Cultura
    • 📈 Economía
    • 🎓 Educación
    • 🌐 Internacional
    • ⚖️ Justicia
    • 🍃 Medio Ambiente
    • 👥 Movimiento Ciudadano
    • 📰 Noticias Política
    • 💓 Sanidad
    • 👨‍👩‍👧‍👦 Sociedad
    • 🏖️ Turismo
    • ⚠️ Corrupción
    • 🔬 Ciencia
  • 👨‍💼 Opinión
    • ❤️ Salud
    • 👥 Política Social
    • 💬 Política Opinión
    • 📰 Medios
    • 🍃 Medio Ambiente
    • ⚖️ Justicia
    • ⚡Energía
    • 🎓 Educación
    • 📈 Economía
    • 🏙️ Desarrollo
    • 🎨 Cultura
  • 🎯 Sala SB
    • 📅 Programación
    • ☑️ Actividades
  • 🎙 Audios de RSB
    • 📻 LA TRAPERA
San Borondon InfoSan Borondon Info
Home»Noticias»Sociedad»Denuncian que el ayuntamiento de Santa Cruz vuelve a dejar sin agua a otra familia con menores

Denuncian que el ayuntamiento de Santa Cruz vuelve a dejar sin agua a otra familia con menores

0
By on agosto 18, 2022 Sociedad
Compartir
Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link

La Acampada Reivindicativa por una Vivienda Digna denuncia un nuevo caso en Santa Cruz de Tenerife, donde cortan el agua a una familia con mínimos ingresos y tres hijos, dos de ellos menores de edad, residentes de toda la vida en Santa Cruz de Tenerife, en una vivienda pública del Instituto Canario de la Vivienda.

En radio San Borondón, Eloy Cuadra, indica que este caso que llega a la Acampada Reivindicativa, se produce por falta de ingresos de la familia, que se ha visto obligada a dejar de pagar el suministro de agua. Con conocimiento del ayuntamiento la familia pide a la empresa Emmasa el fraccionamiento de la deuda para poder hacer frente a los pagos atrasados y las multas, pero la multinacional del agua no acepta ningún fraccionamiento y les exige el pago total que sobrepasa los 1000 euros. La familia no puede reunir esa cantidad y ahora mismo están sin agua.

Cuadra recuerda que los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Santa Cruz están informados de la situación pero aducen que no pueden hacer nada. «No pueden hacer nada porque el Ayuntamiento privatizó el servicio de agua, como otros tantos servicios públicos, algo que no debían haber hecho con un bien básico tan importante como es el agua, algo que no ocurre en otros muchos ayuntamientos de la isla, como el vecino de La Laguna por ejemplo o en El Rosario, donde el Consistorio mantiene el control de la mayoría de la empresa y puede garantizar este bien básico a sus vecinos», afirma.

Desde la Acampada Reivindicativa por una Vivienda Digna recuerdan los derechos que amparan a todos los ciudadanos, al respecto de este caso:

PRIMERO: La Constitución Española incluye entre los «principios rectores de la política social y económica» el derecho a la protección de la salud (art. 43), al medio ambiente (art. 45) y a una vivienda digna y adecuada (art. 47).

SEGUNDO: La Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas en su artículo 2, establece que el suministro de agua forma parte de las condiciones que debe reunir una vivienda para que sea digna y adecuada, de lo contrario será considerada «infravivienda».

TERCERO: El Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, (que incorpora la Directiva 98/83/CE), propone garantizar una dotación de 100 litros por habitante y día, que es la máxima recomendada por la OMS.

CUARTO: La vigente Ley de Bases de Régimen Local de 1985 establece el derecho de los vecinos a exigir la prestación de los servicios municipales obligatorios (art. 18.1.g), entre los que figura el abastecimiento domiciliario de agua potable, que, desde esa fecha, es obligatorio en todos los municipios (art. 26.1.a).

QUINTO: El Código Técnico de la Edificación incluye entre las exigencias básicas de salubridad el suministro y la evacuación de aguas (art. 13).

SEXTO: La Ley estatal de Suelo de 2008 (artículo 4.a) reitera la exigencia de coordinación, al establecer, con carácter preceptivo, en la fase de consultas sobre los instrumentos de ordenación de actuaciones de urbanización, el informe de la Administración hidrológica sobre la existencia de recursos hídricos necesarios para satisfacer las nuevas demandas y sobre el dominio público hidráulico (art. 15.3.a). El TS ha declarado que este informe no sólo es preceptivo, sino también vinculante.

SÉPTIMO: El Tribunal Supremo de España declaró que el suministro de agua para consumo humano es un servicio esencial básico, en STS 944/2014, de 28 de febrero, recurso 491/2011, cuando afirmaba: «No cabe acoger la argumentación pues aun cuando la recurrente no presta directamente el servicio de suministro de agua para el consumo humano, es indudable que la función de entrega de agua desalada al Canal de Alicante gestionado por una Mancomunidad, incide de forma importante en el suministro de agua para el consumo personal y repercute finalmente en la continuidad de la prestación del servicio. Desde esa perspectiva, la aportación del agua desalada aunque se haga a través de la entrega a la Mancomunidad puede encuadrarse sin dificultad en el concepto de «servicio básico» en cuanto resulta imprescindible para garantizar la actividad indispensable o esencial de suministro de agua para el consumo humano».

OCTAVO: La Sentencia del TSJ de Canarias (Santa Cruz de Tenerife) núm. 676/1998 de 5 junio, Recurso contencioso-administrativo núm. 1571/1996 (FD 2.º) declara, citando varias sentencias del TS, que «los interesados ostentan el derecho subjetivo a que se les preste el servicio de abastecimiento de agua solicitado, en cuanto es servicio obligatorio, salvo lo dispuesto en el art. 26.2 de la Ley 7/1985. Por tanto existe una obligación ineludible de que el Ayuntamiento provea, en la forma que sea procedente, al cumplimiento de las obligaciones que la Ley le impone en forma expresa.»

NOVENO: A mediados de marzo 2020, Leo Heller, por entonces Relator Especial de Naciones Unidas para los Derechos Humanos al Agua y al Saneamiento, lanzó un llamamiento urgente a los gobiernos para que, al menos durante la pandemia, se garantizara a todas las personas el acceso al agua y se prohibieran los cortes de suministro por impago a familias en situación de vulnerabilidad.

DÉCIMO: El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en su artículo 4, garantiza el suministro de agua y energía a consumidores vulnerables.

UNDÉCIMO: La Declaración de Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948 (art. 25.1), y el Pacto internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales de 1966 (art. 11), afirman igualmente que «Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios».

DUODÉCIMO: La Asamblea General de Naciones Unidas en su Resolución 64/292, de 28 julio 2010, reconoce que el derecho al agua potable y al saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos.

Por ello, Eloy Cuadra indica que, a tenor de lo expuesto, el derecho de esta familia santacrucera a disponer de agua potable en su casa está sobradamente recogido y garantizado en la legislación vigente, legislación que el ayuntamiento de Santa Cruz gobernado por CC y PP desoye reiteradamente, para beneficiar a una multinacional con beneficios anuales millonarios como es Sacyr, a lo que desde la Acampada Reivindicativa decimos:

Finalmente informa que desde la Plataforma reivindicativa acudirán al Ayuntamiento y a otras instituciones públicas -entre ellas el Parlamento y el Gobierno de Canarias-, para que en adelante quede garantizado el derecho básico al agua que tantas leyes recogen, y sea afirmado como tal no solo en el ayuntamiento de Santa Cruz, también en el Estatuto de Autonomía de Canarias, como así sucede en otros Estatutos de Autonomía de otras Comunidades Autónomas de España.

 

Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link
Previous ArticleLos pacíficos ciervos de Nara
Next Article La radio de hoy

Artículos Relacionados

Con este escrito dirigido a los arrendadores los inquilinos pueden acogerse a la prórroga de alquiler

marzo 25, 2026

SOS por una mujer sin hogar abandonada en pleno temporal en Tenerife

marzo 25, 2026

Urban Perenquén exige al Gobierno y al Ayuntamiento una solución al sinhogarismo en Santa Cruz: “El edificio Diego Crosa debe tener uso social, no un hub digital privado”

marzo 25, 2026

La ciudadanía canaria alza la voz por la Paz

marzo 15, 2026

Denuncian posibles agresiones sexuales tras la desaparición de tres niñas tuteladas durante el Carnaval de Santa Cruz

marzo 11, 2026

Derecho al Techo exige la retirada inmediata y la nulidad del Decreto de Vivienda Protegida que abliga acreditar 12 años de residencia

marzo 10, 2026

Manifiesto de la Plataforma Feminista 8M Tenerife

marzo 8, 2026

Denuncian que Santa Cruz excluye de su Catálogo municipal el Pérez Minic para justificar su demolición 

febrero 28, 2026

Piden justicia social para los afectados por las mutualidades

febrero 26, 2026
Add A Comment

Comments are closed.

Suscribirse a nuestro podcast
Entradas recientes
  • El lunático Trump, la cleptocracia y la cara oculta de la luna  
  • La inteligencia artificial y los humanos. ¿En qué nos parecemos, qué nos diferencia y cuál es el problema?
  • Canarias: de la arquitectura del vasallaje al abismo de la zona hostil
  • Manifiesto contra el ‘Clúster Canario de la Industria de Defensa’ del gobierno de Canarias
  • Llamamiento a la clase obrera canaria a realizar un boicot activo a la farmacéutica israelí Teva
LIBROS
Acerca de Nosotros
Acerca de Nosotros

Radio San Borondón, desde muy pronto, comienza a adquirir gran audiencia y aceptación popular porque permite a los habitantes difundir sus propios valores y expresar sus propias reivindicaciones e ideas; promueve el derecho a la información y constituye una alternativa capaz de ofrecer veracidad, justicia, respeto y solidaridad.
Email: sanborondon@sanborondon.info
Contacto: +34 677 91 48 67

Facebook X (Twitter) Instagram YouTube WhatsApp Telegram
Últimos Artículos Agregados

El lunático Trump, la cleptocracia y la cara oculta de la luna  

abril 12, 2026

La inteligencia artificial y los humanos. ¿En qué nos parecemos, qué nos diferencia y cuál es el problema?

abril 11, 2026

Canarias: de la arquitectura del vasallaje al abismo de la zona hostil

abril 10, 2026

Manifiesto contra el ‘Clúster Canario de la Industria de Defensa’ del gobierno de Canarias

abril 9, 2026
Etiquetas
ana oramas ataque de nervios bermúdez bifidus bionacionalismo, bionacionalistas capitalismo ccpc circuito del motor coalición canaria coalicón canaria corrupción corrupción en canarias cultura escalada de hostilidades fake fakenews francisco de la barreda garganta profunda interviu_nov08 ley del suelo logros Luisa del Toro luis pastor mamotreto Manuel Parejo mauritiana migrantes miguel zerolo news pelotazo de las teresitas pobres de derechas SAHARA san blas sanidad santa cruz de tenerife santiago pérez social media tenerife Teresitas trankimazin ttip turismo wladimiro zerolo

Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.

Radio SanBorondón
Radio SanBorondón
Tu navegador no soporta audio.