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Home»Opinión»Política Opinión»El derecho de pernada político

El derecho de pernada político

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By on septiembre 15, 2017 Política Opinión
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LA GUILLOTINA DE PAPEL

Artículo 179
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.

Artículo 180
1. Las anteriores conductas serán castigadas con las penas de prisión de cinco a diez años para las agresiones del artículo 178, y de doce a quince años para las del artículo 179, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

4.ª Cuando, para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco, por ser ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, con la víctima.

El washatps del concejal del Ayuntamiento de San Cristóbal de la Laguna, por el Psoe, no deja lugar a dudas: “Zeben, concejal del Psoe, yo a follar, jejejejeje, con empleadas que pongo yo y enchufo en el ayuntamiento”.

Así que, de presunción de inocencia nada de nada, si acaso es un farol, debería estar en el banquillo por gilipollas y bocazas.

Guadalupe, una colega mexicana, me comenta que esa situación la viven diariamente miles de mujeres en México, o sea se enfrentan, ya convencidas, a un trabajo en el que tendrán que prostituirse con el político o el empresario de turno, es más lo tienen como asumido, incluido su pareja, marido o novio. Es así y punto.

El silencio de la víctima es lógico, en cuanto a que, si ella denuncia su situación, tendrá que pasar por una larga travesía del “desierto”. La incomprensión, la falta de “credibilidad” de la acosada respecto a la prepotencia y el poder del acosador se manifiesta hasta en los juzgados, donde de cada 10 denuncias solo un tercio ha sido condenatorio.
Numerosos casos de acoso sexual ocurren diariamente. Pocos son los que salen a la luz pública y menos los que llegan a los juzgados, generalmente la mujer acepta “como mal menor” el “derecho de pernada” del asqueroso político o empresario y se esclaviza para toda su vida laboral.

Sin embargo, existe jurisprudencia a favor, el ejemplo lo tenemos en la Audiencia de Cáceres:

“La Audiencia Provincial de Cáceres ha dictado una sentencia en la que condena al ex director de la oficina del Sexpe (Servicio Extremeño Público de Empleo) de Trujillo, a ocho años de cárcel por cuatro delitos, uno de ellos de agresión sexual, y otros tres de «abusos de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones».

Además, la sentencia incluye también que el acusado debe cumplir dos años de prisión para cada uno de los tres delitos contra la administración pública en su modalidad de abuso de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, así como a 12 años de «inhabilitación absoluta» y a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Este hombre deberá también indemnizar por daños morales a las tres mujeres que le denunciaron y que según recoge la sentencia, queda probado que las agredió sexualmente. Por ello, deberá abonar 12.000 euros a dos de ellas y 4.000 euros a la tercera, a las que no podrá acercarse, ni ponerse en contacto con ellas ni aproximarse a menos de 500 metros de sus domicilios, lugares de trabajo o sitios que las denunciantes frecuenten.

El condenado había sido denunciado por estas tres mujeres por acoso sexual cuando dirigía la oficina del Sexpe de Trujillo, quien le ofrecía trabajo a cambio de favores sexuales”.

El perfil de esta clase de personaje es paranoide con graves trastornos de la personalidad, si ya son peligrosos en el ámbito privado, en el público son verdaderamente unas alimañas carroñeras.

Las victimas del concejal lagunero, confesadas por él, deben presentar la correspondiente denuncia en el juzgado de guardia de la ciudad de los Adelantados, para que pague con lo que tenga que pagar su prepotencia, su asqueroso machismo. Al mismo tiempo debemos reformar el código penal en el sentido que las penas que contempla el delito no son la suficientemente ejemplarizantes; no estaría mal caparlos de por vida.

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