Por: Joaquín Hernández
CUADERNO DE BITÁCORA
Dicen los expertos juristas, que “en cualquier procedimiento penal, especialmente cuando se habla de delitos económicos, trafico de influencias o blanqueo internacional, la validez de las pruebas resulta absolutamente decisiva. No basta con que una conversación exista. También demostrarse que fue obtenida respetando todas las garantías jurídicas exigidas tanto por la legislación española como por los convenios internacionales.
En el caso de José Luis Rodríguez Zapatero no aparecen detallados en el sumario elementos fundamentales relacionados con el origen del material entregado por Estados Unidos, por ejemplo, no se conoce en que contexto fue investigado el empresario venezolano Rodolfo Reyes Rojas, ni bajo que mandato judicial se produjo la investigación de su móvil, si se trataban de chat de WhatsApp o e-mail, pudo haber fallos en al cadena de custodia o falta de autorizaciones jurídicas porque a partir del contenido de ese móvil puede ser vital para servir el relato inculpatorio de Rodriguez Zapatero que su nombre aparece en una conversación relacionado con una “trama venezolana” investigada por Francia y Suiza donde “alguien” afirmaría que el exvicepresidente habría intervenido mediando con Repsol para facilitar operaciones vinculadas con Venezuela. Estos datos solo podrán utilizarse en España si se demuestra que fueron incorporados al sumario respetando las garantías procesales exigidas por el ordenamiento jurídico español.
Esta es una de los “indicios” por lo que la Fiscalía justificó la apertura de diligencias por “posibles” delitos de corrupción en los negocios y trafico e influencias. Como es normal, Repsol ha negado haber realizado ningún favor a empresarios venezolanos relacionados con el sumario.
La UDEF sostiene que Zapatero tiene un “papel preeminente” dentro de la supuesta red investigada. Según estos informes, Zapatero habría utilizado su “red internacional de contactos políticos y empresariales para realizar y facilitar operaciones relacionadas con petróleo, lubricantes, oro y otros negocios vinculados con Venezuela”.
El caso es que existe una linea roja entre lo que es actividades económicas legitimas de consultoría internacional y el delito de trafico de influencias. Empresas dedicadas a elaborar informes geopolíticos, asesorar empresas o mantener relaciones intermediarias entre empresas sin que esto se considere delito las hay por miles en todo el mundo, aunque su gestor sea un expresidente de gobierno sin que se considere un delito.
La acusación tendrá que demostrar que existieron actuaciones concretas ilegales para favorecer intereses privados utilizando la influencia del expresidente Zapatero.
En definitiva, si los “indicios” fueron obtenidos sin autorización suficiente mediante formas incompatibles con el ordenamiento jurídico español, podrían ser anulado el sumario.
Si esto sucede, la pregunta del millón ¿quién será el responsable del acoso y derribo de José Luis Rodríguez Zapatero?
Seguramente la culpa será del Cha Cha Cha…
¡¡Animo Alberto!!




