La Cámara respalda los dos decretos leyes que el Ejecutivo canario había aprobado el pasado día 30 de julio para hacer frente a efectos del Covid-19
Los municipios reciben por anticipado 103 millones del Fondo Canario de Financiación Municipal y quedan liberados de las condiciones para el 50%
El Parlamento de Canarias ha convalidado hoy por unanimidad, en sesión extraordinaria, los decretos leyes sobre régimen excepcional del Fondo Canario de Financiación Municipal (FCFM) para 2020 y de Fomento de la Participación Ciudadana, y sobre la prórroga hasta el 31 de octubre del tipo 0 en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) aplicable a la importación o entrega de material sanitario para combatir los efectos del Covid-19. Estos decretos leyes habían sido aprobados por el Consejo de Gobierno el pasado 30 de julio a propuesta de las consejerías de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, y de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, que dirigen Román Rodríguez y Julio Pérez, respectivamente. Asimismo, la Cámara autonómica acordó unánimemente tramitar el primer decreto como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, mientras que rechazó ese trámite para el segundo.
La finalidad del primer decreto ley estriba en la transferencia a los ayuntamientos de 103 millones de euros que se previa efectuar en diciembre y, al mismo tiempo, flexibilizar el uso del fondo para el presente ejercicio 2020 con el objetivo de aportar liquidez a los municipios, por un lado, y otorgarles libertad para utilizarlo, sin la condición de destinar el 50% a inversiones. En esta misma línea, se autoriza la disponibilidad del FCFM incluso si no se cumple con los indicadores de saneamiento económico financiero.
El Gobierno consensuó con la Federación Canaria de Municipios (Fecam) concretamente autorizar a que en 2020 se anticipe el 70% del importe previsto del FCFM. Si no se hubiese modificado las condiciones de este fondo, los ayuntamientos solo hubiesen percibido un anticipo del 35% y el resto se transferiría a final de año. Al anticipar los 103 millones adicionales, los municipios ya disponen del 70%.
Al mismo tiempo, la nueva norma, defendida ante la Cámara por Julio Pérez, establece un régimen excepcional del FCFM en el presente ejercicio, para que pueda destinarse a gastos relacionados con los servicios públicos esenciales, así como a gastos derivados de la respuesta a la crisis sanitaria, incluidos los derivados del fomento e implantación de sistemas de teletrabajo del personal al servicio de los ayuntamientos.
Los ayuntamientos que se encuentren en un estado financiero más complicado tendrán la opción de mantener el destino de saneamiento financiero de esta parte del Fondo.
Además, como medidas de apoyo a la tesorería de los ayuntamientos que por la declaración del estado de alarma han adoptado medidas coyunturales de aplazamiento de los períodos de cobranza de sus tributos periódicos, se establece la no aplicación de las reducciones por incumplimiento de los condicionantes de la cuantía de libre disposición.
Por último, la obligación de presentar las auditorías de liquidación del ejercicio presupuestario de 2019 queda circunscrita a los solos efectos del diagnóstico económico-financiero.