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Portada » Falta de democracia interna y censura previa para la Conferencia del PCE
Política Opinión

Falta de democracia interna y censura previa para la Conferencia del PCE

enero 27, 2020No hay comentarios3 Mins Read
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La Plataforma Interna de Opinión «Por el respeto y aplicación del XX Congreso del PCE» ha impugnado las normas previstas por la Dirección del PCE para el desarrollo de la Conferencia Política que se va a celebrar el próximo 4 de abril.

En el punto tres de la Propuesta de Normas y Calendario se indica que su convocatoria –que se realizó en junio del pasado año- obedece a la necesidad de «concretar y actualizar los acuerdos del XX Congreso sobre convergencia y Unidad Popular». Con el vocablo «actualizar» se apunta de manera clara a que el objeto de esta Conferencia Política es el de modificar o alterar los acuerdos adoptados en el Congreso del Partido de diciembre de 2017, de modo contrario a lo que establecen los Estatutos del PCE vigentes de que el único órgano competente para determinar el mandato congresual y, lógicamente, para poder en su caso actualizarlo es el Congreso del PCE, que no sería de tan fácil control por la Dirección como supone ésta que será la Conferencia Política.
Por tanto, cabe decir que quienes transgreden la legalidad partidaria tratan de modificar (actualizar) el mandato congresual vigente de una confluencia «en torno a la ruptura con el régimen» de la Transición para sustituirlo, desde un órgano incompetente, por un proceso de confluencia electoralista y socialdemócrata que la minoría oportunista derrotada en el XX Congreso viene imponiendo a la organización, contra todo derecho estatutario, desde el mismo momento en que aquel concluyó. Una confluencia que aboca hacia una forma de integración del PCE en Unidas Podemos manteniendo al Partido en esta indignante situación de semiclandestinidad en la que se encuentra desde hace décadas.
Por otro lado, en el punto seis de las Normas y Calendario, también en contra de la legalidad partidaria, imponen unos requisitos para las Plataformas Internas de Opinión, reguladas por los Estatutos del PCE, que hacen imposible que la militancia pueda constituirlas. El Comité Central introduce sofisticados mecanismos de censura y restricción democrática a la actividad política de las Plataformas Internas de Opinión, ya que para su constitución tienen que venir avaladas por 12 miembros del Comité Central, es decir, por el mismo órgano que transgrede la legalidad partidaria. También se prohíbe a las plataformas defender sus posiciones políticas directamente ante el conjunto de la militancia y ante todos los órganos del partido, obligándolas a que antes entreguen esa información a la Comisión Política, quien decidirá, censura previa, si la traslada o no a la militancia. Se limita de forma extraordinaria la participación de la militancia con un número muy reducido de delegados y delegadas (120), en relación con la composición numérica del Comité Central (119). En realidad, la minoría congresual reformista que convoca la Conferencia Política tiene ya de antemano asegurado, prácticamente, un resultado político favorable a sus tesis contrarias al mandato congresual del XX Congreso.
Todo lo anterior queda sobradamente demostrado al haberlo aplicado la Dirección del PCE a la Plataforma «Por el respeto y aplicación del XX Congreso», abriendo además expediente disciplinario a un buen número de quienes la promueven para impedir que pueda participar en la Conferencia Política venidera la militancia marxista-leninista que trabaja por la recuperación de un PCE enteramente visible como vanguardia organizada de la clase obrera y capas populares, que fue lo que acordó el XX Congreso de la organización comunista.

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