La sentencia considera además “patente” que las “inexactitudes” del artículo afectan al honor de consejera de la Radio Televisión Canaria, María Lorenzo Hernández
La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha estimado parcialmente la demanda interpuesta por la consejera de la Radio Televisión Canaria María Lorenzo Hernández y ha condenado a los directores de los periódicos de Editorial Prensa Canaria (La Provincia y La Opinión de Tenerife), Antonio Cacereño Ibáñez y Joaquín Catalán Ramos, respectivamente, a publicar un escrito de rectificación a su noticia titulada “La continuidad de la emisión de la Radiotelevisión Canaria (RTVC) depende del voto de la consejera María Lorenzo, con intereses en el sector audiovisual”, publicada el 22 de julio de 2017.
Tal y como recoge la sentencia en sus hechos, el 22 de julio de 2017, los diarios La Provincia/Diario de Las Palmas y La Opinión de Tenerife, ambos propiedad de la editorial Prensa Canaria, publicaron en sus ediciones en papel un artículo con el siguiente titular en su portada: “La señal de la Autonómica depende de una consejera con intereses televisivos” y, a continuación, como subtítulo, “María Lorenzo, propuesta por el PSOE en el Consejo Rector, tiene que decidir sobre la prórroga del concurso que impugnó de la distribución de imágenes de RTVC”, remitiendo la continuación de la noticia a las respectivas páginas de los periódicos, donde se destacaba que “La continuidad de la emisión de la Radiotelevisión Canaria (RTVC) depende del voto de la consejera María Lorenzo, con intereses en el sector audiovisual.”
La sentencia desmonta los argumentos de los dos periódicos de Prensa Canaria, que alegaron que la información respondía a lo sostenido ante el Parlamento por Santiago Negrín, por aquel entonces presidente de RTVC. Según el tribunal, la autora del artículo, que firma H.M. también interpreta tales opiniones [de Santiago Negrín] y recoge hechos con ellas relacionados, exponiendo -especialmente en el encabezado -título y subtítulo-, el parecer del autor redactor del artículo, omitiendo toda referencia a la procedencia del contenido del aludido encabezado (…) no limitándose a reproducir lo manifestado por dicho Sr. Negrín en la aludida Comisión de control de RTVC.
Y añade la resolución judicial: “Debe, por tanto, darse la razón a la parte ahora apelante, cuando atribuye la responsabilidad por los hechos que considera inexactos a los periódicos o diarios en los que se publicó el artículo objeto de controversia en los presentes autos, cuya autoría aparece como de “H.M.”, siendo además patente que las inexactitudes que esa apelante pone de manifiesto en la demanda afectan a su honor, en atención al tenor literal de las mismas, en cuanto se cuestiona su imparcialidad como Consejera de RTVC a la hora de tomar la decisión sobre la prórroga del concurso, por apreciar en ella una colisión de intereses y una eventual incompatibilidad como consecuencia del desempeño por la misma de otros cargos anteriores”.
Los dos periódicos han sido condenados a publicar en el plazo de tres días a partir de este lunes día 28 en sus respectivas portadas, con igual ubicación y alarde tipográfico, los titulares de la rectificación, así como incluir un pase de página al interior de sus ediciones de papel donde habrá de insertarse la rectificación íntegra.
María Lorenzo Hernández no descarta la interposición de otras acciones judiciales en defensa de su honor y el de su familia, así como de su buen hacer profesional.
Este es el texto de la rectificación:
“Estimados Sres.:
Me dirijo a ustedes en su condición de directores de los diarios La Provincia/DLP y La Opinión de Tenerife, y como director de Contenidos de ambos diarios editados por Prensa Ibérica, y hago expresa referencia al artículo aparecido en la portada de sus medios el día 22 de julio de 2017 con el titular “La señal de la Autonómica depende de una consejera con intereses televisivos”, en La Opinión de Tenerife, y “La señal de TVC depende de una consejera con intereses televisivos”, en La Provincia, ambos bajo la autoría de H.M.
Las manifestaciones que se vierten en ese artículo, referentes a mi persona y mi actuación como consejera del Consejo Rector de RTVC, son absolutamente falsas y no han sido confrontadas, ni en lo más mínimo, con fuentes solventes, lo que me perjudica gravemente en mi honor y profesionalidad.
Respecto a esto debo indicar que la continuidad de la señal no depende de mi voto, sino que la mayoría establecida en el artículo 15.4.k) de la Ley 13/2014 de RTVC para la adopción de este acuerdo es de tres votos favorables, por lo que la decisión también radica en que sea asumido en el voto del presidente pero también del consejero D. Alberto Padrón.
En primer lugar, tal y como expliqué en la Comisión de Control de RTVC donde fue puesta a examen mi idoneidad para acceder al cargo que actualmente ocupo de consejera del Consejo Rector de RTVC, no solo renuncié a los cargos que ocupaba en Canal Ocho, sino que, además, vendí las acciones de dicha empresa. Igualmente, renuncié a los cargos que ocupaba en otras empresas cuyo objeto social tenía que ver con el sector audiovisual y de las telecomunicaciones. También procedí a vender las acciones que hasta ese momento ostentaba. Por si fuera poco, igualmente expliqué en aquella Comisión que, en caso de incurrir en posible incompatibilidad a la hora de emitir voto, circunstancia en la que nos podemos encontrar cualquiera de nosotros, los actuales consejeros, en mi caso, no solo me abstendría, sino que me levantaría de aquella sesión en la votación de ese punto y no participaría.
Queda claro que no incurro en ninguna causa de incompatibilidad, tal y como ya, además, así se valoró en la Comisión Parlamentaria correspondiente. Todo lo demás son meras manifestaciones carentes de fundamento y que solo buscan, como ya he expresado, atentar contra mi honor personal y profesional, y el de mi familia y sus empresas.
Firmado,
MARÍA LORENZO HERNÁNDEZ”.