La Fiscalía ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que condene a diez años de cárcel y 29 de inhabilitación al magistrado de la Audiencia de Las Palmas Salvador Alba, por delitos de cohecho, prevaricación judicial, falsedad y revelación de secretos.
La Fiscalía acusa a Alba de manipular de forma “arbitraria” y “con ánimo espurio” una instrucción penal que había iniciado la juez Victoria Rosell, con el propósito de “recopilar material ajeno” a los hechos que se investigaban en ella (un fraude fiscal) “que sirviera de plataforma profesional” para perjudicar a su colega.
El Ministerio Público sostiene que Alba ejerció “arbitrariamente el poder que le confiere su condición de juez” para intentar dañar la reputación de Rosell -en esos momentos, diputada en el Congreso por Podemos-, llegando al punto de prometer al empresario implicado en esas diligencias, Miguel Ángel Ramírez, que se iba a “cargar” su caso de fraude fiscal si colaboraba en sus propósitos.
Procede imponer al acusado SALVADOR ALBA MESA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.1.6ª las siguientes penas:
-Por el delito de PREVARICACIÓN JUDICIAL (446.3º CP): la pena de 18 meses de multa, a razón de 25 euros de cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas ( 53 CP) y la pena 12 años de inhabilitación especial para el cargo de Juez o Magistrado, con pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos, así como la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo.
-Por el delito de COHECHO (419 CP) la pena de 4 años de prisión, la pena de 18 meses de multa a razón de 25 euros de cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas( 53 CP), la pena de 10 años de inhabilitación especial para el cargo de Juez o Magistrado, con pérdida
definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos, así como la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo y la pena de 10 años de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo
-Por el delito de FALSEDAD EN DOCUMENTO OFICIAL ( 390.1.4º CP) la pena de 4 años de prisión, la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, la pena de 18 meses de multa, a razón de 25 EUROS de cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas( 53 CP) y la pena de 3 años de inhabilitación especial para el cargo de Juez o Magistrado, con pérdida definitiva del cargo que ostenta
y de los honores que le son anejos, así como la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo. 10
-Por el delito de REVELA -Por el delito de REVELACIÓN DE SECRETOS (417.1º párrafo segundo CP) la pena de 2 años de prisión, la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, y la pena de 4 años de de
inhabilitación especial para el cargo de Juez o Magistrado, con perdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos, así como la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo.
-Responsabilidad Civil. El acusado indemnizará a doña Victoria Rosell Aguilar en la cantidad en que se acredite en ejecución de sentencia por los perjuicios sufridos a consecuencia de la acción del acusado.