El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ha anunciado este lunes la interposición de sendas querellas por los delitos de rebelion, sedición y malversación, entre otros, contra Carles Puigdemont (president del Govern cesado este viernes), su equipo de Gobierno y la Mesa del Parlament disuelto en la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, respectivamente.
Las querellas solicitan la citación urgente de los investigados y, en caso de incomparecencia, su «inmediata detención». El fiscal pide la citación para valorar la adopción de medidas cautelares contra la veintena de querellados, entre los que están todos los exmiembros del Govern y seis miembros la Mesa del Parlament.
La Fiscalía entiende que todos ellos cometieron un delito de rebelión, que comenzó a fraguarse en 2015. «El proceso independentista ha estado perfectamente planificado desde la aprobación de la Resolución 1/XI [del proces], no siendo los sucesivos y plurales actos de desobediencia a los autos y sentencias del TC sino concreciones de lo que ya se declaraba en la misma: el no sometimiento de las instituciones políticas catalanas dominadas por sectores independentistas a la jurisdicción del TC y, por tanto, la no sujeción a la Constitución”.
La Fiscalía sostiene que la rebelión se consumó desde el momento en que se aprobó la convocatoria del referéndum independentista y que se culmina con la declaración de independencia del pasado 27 de octubre.
El delito de rebelión está fundamentado en la necesidad de proteger los cimientos del Estado de Derecho. “Estos cimientos –explica el ministerio público- han sido dinamitados por los querellados que, con sus actos, realizados con absoluto desprecio a la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico, han determinado la proclamación de independencia de una parte de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”.
El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, a su llegada a la rueda de prensa en la que ha anunciado que la Fiscalía se ha querellado contra el Govern y contra la Mesa del Parlament. EFE/ Ballesteros
El delito de rebelión condena hasta con 30 años de cárcel a quienes se alcen violenta y públicamente. Y la querella expone que esta violencia “no exige que se esgriman armas, ni combate, ni violencias graves contra las personas” que son agravantes de este delito.
Para ello, cita como jurisprudencia la sentencia del golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, donde el Tribunal Supremo analiza la rebelión del derogado Código de Justicia Militar y llegó a estimar que la rebelión se puede llevar a cabo “de modo incruento” [que no produce derramamiento de sangre].
La Fiscalía cita expresamente la sentencia del Supremo del 22 de abril de 1983 respecto al golpe del 23-F para justificar que lo que “se proyecta y conviene como incruento, se torna violento y belicoso tan pronto se ofrece resistencia u oposición a los planes de los rebeldes, los cuales nunca pueden aseverar -dado que el futuro no se puede predecir por los humanos- que su alzamiento, con toda seguridad, será incruento, sin víctimas y sin derramamiento de sangre”.