El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado admitir a trámite el recurso de amparo presentado por la familia de Maurizio Paniello, una de las seis personas que fallecieron en el accidente de la galería de Piedra de los Cochinos (Los Silos) en 2007, en el que se solicitaba la nulidad del auto de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que cerraba la vía penal.
La sentencia, de la Sala Primera de la Sección Segunda, no entra en el fondo de la posible vulneración de derechos fundamentales y no observa una “especial trascendencia constitucional”, según señalan Patrizia Tassoti –madre de una de las víctimas– y Sergio Lourenso, exportavoz del antiguo grupo de afectados.
En su opinión, al cerrarse la vía penal, se limita la responsabilidad de los propietarios de la galería “a una mera indemnización”.
En el recurso inadmitido se denunciaba el posible desamparo sufrido por víctimas, familiares y amigos por parte de jueces y tribunales en todo el proceso penal, la vulneración del derecho a una tutela judicial efectiva, la “arbitrariedad” de las resoluciones de las jueces del Juzgado de Instrucción Número 2 de Icod de los Vinos, especialmente, y de la Audiencia Provincial, por la omisión de la valoración de las pruebas y por su “valoración ilógica, incoherente e irracional”, aparte de falta de fundamento jurídico concreto y la “inacción en el deber de investigar” el delito y el “desprecio en general” a los demandantes, a las víctimas y a la propia sociedad. “Se están riendo de todos nosotros”, exponen los afectados.
Así, exponen que el poder judicial “envía a la sociedad un claro mensaje de impunidad” que pone de manifiesto, “una vez más, que la justicia no es igual para todos”.
En este sentido, tanto Tasotti como Lourenso indican que los miembros de la Junta Rectora de la galería Heredamiento de Daute o Piedra de los Cochinos “se van prácticamente de rositas, condenados a pagar una simple multa, por la muerte de 6 jóvenes y 23 heridos”.
“Los jueces han condenado en los últimos años en España a personas en situación de necesidad a un año de cárcel por, por ejemplo, robar media barra de pan o dos botes de leche infantil, pero segar la vida de seis jóvenes, queda impune”, señalan.
CRITICAN QUE LA AUDIENCIA PROVINCIAL NO INVESTIGUE
Además, recuerdan que la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de diciembre de 2015 “deja claro el conocimiento del riesgo y la despreciable conducta de los propietarios, en connivencia con la Administración Autonómica, también condenada, como principales responsables de estas muertes”.
Según los afectados, “la propiedad conocía el riesgo pero continuó adelante sin importarle o no la causación del daño”, coyuntura que, no obstante, “no merece siquiera una investigación” por parte de la Audiencia Provincial, denuncian.
“El auto referido de la Audiencia es la guinda a una chapuza judicial durante todo un proceso penal en el que los jueces no han podido o no han querido llevar la investigación a término”, precisan, criticando también la actuación de la Fiscalía, que apoyó su informe inicial, base para el sobreseimiento provisional dictado por la juez de instrucción de Icod, “en una ley que no existía”, concretamente
Tanto Tasotti como Lourenso mantienen aún abierta la solicitud ante el Parlamento de Canarias para crear una comisión de investigación sobre el accidente, y siguen a la espera de respuesta por parte de los grupos parlamentarios.