SB-Noticias.- La organización suiza Foro Crans Montana tiene previsto realizar del 16 al 21 de marzo próximo su sesión anual en la ciudad de Dajla, territorio del Sahara Occidental ocupado por Marruecos.
La Confederación Intersindical considera que la celebración de este evento, una vez más en la ciudad ocupada de Dajla, es contraria a los derechos e intereses del pueblo saharaui, y más teniendo en cuenta que su legítimo representante el Frente Polisario y el Gobierno de la República Árabe Saharaui Democrática, han mostrado su oposición al considerar que supone una violación de los principios del derecho internacional que rigen sobre el Sahara Occidental como territorio no autónomo, vulnera la legalidad internacional y no tiene en cuenta, entre otras, las siguientes cuestiones:
El Sahara Occidental es considerado por la ONU como un territorio no autónomo pendiente de descolonización. Nunca ha sido parte de Marruecos, que sigue ocupando ilegalmente la mayor parte del territorio desde el 31 de octubre 1975.
El Tribunal Internacional de Justicia de la Haya, en su Resolución sobre el Sahara Occidental del 16/10/1975,estableció claramente que «no existe ningún vínculo de soberanía territorial entre el Sahara Occidental y Marruecos o Mauritania». En 2002, el Secretario General Adjunto de la ONU para los asuntos jurídicos, Hans Corell, emitió una opinión consultiva a petición del Consejo de Seguridad de la ONU en la que reafirmó inequívocamente que «Marruecos no ejerce soberanía y no es la potencia administradora del Sahara Occidental».
Las Naciones Unidas, la Organización para la Unidad Africana (actualmente la Unión Africana) y la comunidad internacional en su conjunto nunca han aprobado la ocupación marroquí del Sahara Occidental ni reconocido la legalidad de la anexión forzosa del Territorio.
De acuerdo con su doctrina de no reconocer como legal ninguna adquisición territorial derivada del uso de la fuerza, la Asamblea General de la ONU ha descrito claramente la presencia de Marruecos en el Sahara Occidental como un acto de ocupación por la fuerza (Resolución 34/37 de 21/11/1979 y Resolución 35/19 de 11/11/1980).
Recientemente el Tribunal General de la Unión Europea ha dictado sentencia, el 21/12/2016, en la que determina «el estatuto separado y distinto reconocido al territorio del Sahara Occidental en virtud del principio de autodeterminación», por lo que dictamina que «el Acuerdo entre la Unión Europea y Marruecos no es aplicable al Sahara Occidental». También afirma que «la explotación económica del territorio solo puede llevarse a cabo con el consentimiento del pueblo del Sahara Occidental». En este sentido cabe recordar que en su anterior sentencia del 10/12/2015, el Tribunal de la Unión Europea ya señaló que «la soberanía de Marruecos sobre el Sahara Occidental no está reconocida por la Unión Europea y sus Estados miembros ni por las Naciones Unidas», dejando constancia al mismo tiempo de la ausencia de un mandato internacional susceptible de justificar la presencia marroquí en ese territorio.
Por lo tanto Marruecos, como potencia ocupante, no tiene ningún derecho para tratar con terceros respecto al territorio no autónomo del Sahara Occidental.
Junto a su actitud obstruccionista hacia el proceso de paz llevado a cabo por la ONU en el Sahara Occidental, Marruecos sigue violando sistemáticamente los derechos humanos y el derecho internacional humanitario en los territorios bajo su ocupación ilegal. Por otra parte, persiste en el saqueo ilegal de los recursos naturales del territorio ocupado, a menudo en complicidad con entidades extranjeras y en una violación flagrante de la soberanía del pueblo saharaui sobre sus recursos naturales.
Tras conocerse informes de prensa sobre la supuesta presencia de una personalidad de alto nivel de las Naciones Unidas en la reunión de 2015 en la ciudad ocupada de Dajla, el portavoz del Secretario General de la ONU envió una nota a los corresponsales el 14/03/2015 en la que indicaba que el Secretario General no había delegado a ninguna persona para que le representara a él ni a las Naciones Unidas en esa reunión, y también señalaba que el estatuto definitivo del Sahara Occidental era objeto de un proceso de negociación entablado bajo los auspicios del Secretario General de conformidad con las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas.
La Unión Africana, de la cual la República Saharaui es Estado miembro fundador, ya aprobó por unanimidad el 31/01/2015 una Declaración instando a la organización suiza y a todos los organizadores a que cancelaran la reunión del Foro Crans Montana el año 2015 en el Sahara Occidental ocupado, ya que suponía una grave violación del derecho internacional.
En su última cumbre celebrada en Addis Abeba el 30 y 31 de enero pasado, la Conferencia de la Unión Africana ha reiterado la declaración adoptada en su 24a reunión sobre la convocatoria por parte del Foro Crans Montana de su sesión anual en la ciudad ocupada de Dajla. La Conferencia ha pedido al Foro Crans Montana que renuncie a repetir esta actividad en el 2017 en territorio saharaui ocupado, y ha instado a todos los Estados miembros, a las organizaciones de la sociedad civil africana y a otros actores pertinentes a boicotear dicho evento.
En vista de la fuerte oposición y denuncia expresada reiteradamente por la Unión Africana y muchos Gobiernos, personalidades y organizaciones no gubernamentales de todo el mundo, la celebración de un evento de esta naturaleza en la ciudad ocupada de Dajla es claramente hacerle el juego a la política colonialista de Marruecos en el Sahara Occidental, de manera que sólo complicará la situación sobre el terreno y aumentará la tensión en la región.
Por todo ello, la Confederación Intersindical rechaza la celebración de la sesión anual del Foro Crans Montana en la ciudad ocupada de Dajla.
Hace un llamamiento a las personas y entidades organizadoras de dicho Foro, a sus socios y patrocinadores, a que cancelen su celebración en el Sahara Occidental ocupado; y a las personalidades, organizaciones e instituciones del Estado español, para que eviten su participación en la reunión del Foro en esas circunstancias.
Considera que PARTICIPAR DE DICHO ENCUENTRO EN EL TERRITORIO DEL SAHARA OCCIDENTAL SUPONE DAR LEGITIMIDAD A SU OCUPACIÓN por el Estado marroquí, que sigue violando los derechos humanos fundamentales y niega a todo un pueblo su derecho inalienable a la autodeterminación y a la libertad, reconocido por la carta de Naciones Unidas y sus múltiples Resoluciones.