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Portada » Los interinos del Servicio Público de Empleo Estatal reivindican el sistema de listas por méritos
Economía

Los interinos del Servicio Público de Empleo Estatal reivindican el sistema de listas por méritos

enero 10, 2017No hay comentarios4 Mins Read
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El pasado 29 de octubre, la mesa de trabajo de Subdirección General de Recursos y Organización, con el voto favorable de una parte de la representación sindical, aprobó un nuevo criterio de llamamiento para la lista de Técnicos y Auxiliares de la Bolsa de Trabajo del Servicio Público de Empleo Estatal para la próxima Bolsa de Empleo del período 2017-2019, por el que el orden de llamada de los puestos a cubrir en el  Organismo se realizaría según el criterio de rotación, esto es: una vez producidas nuevas necesidades de cobertura, el nuevo llamamiento se iniciará a partir del último seleccionado en el proceso de cobertura anterior, en lugar de volver a empezar por aquellas y aquellos que mayor mérito acumulan en la lista y, por tanto, por los que por eso están en primer lugar.

Para los trabajadores del del Servicio Público de Empleo Estatal, el nuevo criterio de rotación pone en entredicho el criterio de confección de la lista, esto es: el principio de mérito. Aquellas y aquellos trabajadores que tengan mayor tiempo trabajado en el Organismo están en los primeros puestos para ser llamados, ordenándose de forma decreciente según el tiempo trabajado en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Consideran que no es, además, coherente con la motivación alegada, esto es, la consonancia con el punto tercero de la resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del 7 de mayo de 2014, por el que se establecería un carácter rotatorio, puesto que dicho punto tercero indica textualmente que “la relación de candidatos seleccionados tendrá carácter rotario, de modo que una vez haya sido nombrado el último de los candidatos seleccionados, se iniciará de nuevo”. Es decir, establece el criterio de mérito y no de rotación.
 
Entienden que el acceso al empleo público debe seguir el principio constitucional de igualdad, mérito y capacidad (art. 103.3), y que por tanto, dicho orden de llamamiento lo vulnera. El Organismo sacrifica a las trabajadoras y trabajadores de mayor experiencia, en un mal entendido criterio de reparto, que además nos enfrenta entre nosotros y nostras por las “migajas” de unos puestos de trabajo que, hace ya tiempo, deberían haberse considerado como estructurales.

«Somos trabajadoras y trabajadores de un Organismo en el que atendemos con la mayor diligencia y aspirando a la excelencia a miles de ciudadanos y ciudadanas que sufren la lacra del paro, que sufren la incertidumbre de un mercado laboral cada vez más excluyente y una cobertura cada vez más por desempleo cada vez más precaria. Damos lo mejor de nosotras y nosotros mismos cada día, formándonos y aprendiendo día a día para otorgar la calidad del servicio que la ciudadanía merece, a pesar de recortes y reformas laborales».

Critican que tanto la Subdirección General de Recursos y Organización y los sindicatos que apoyaron el nuevo criterio parecen ponerse en contra del empleo digno y estable y los principios constitucionales que deben salvaguardar todo acceso al empleo público; en un momento además en el que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea recuerda a España la estabilidad en el empleo que también debe estar presente en la contratación pública y la indemnización «que como interinos merecemos».

Por todo ello, los empleados públicos interinos del Servicio Público de Empleo Estatal, «solicitamos que de acuerdo con la legalidad, en las nuevas bolsas de empleo del SEPE se sigan realizando los llamamientos de la manera más conveniente al Organismo y más en consonancia al mérito y capacidad de los candidatos, y que por lo tanto, una vez producidas nuevas necesidades de cobertura, los nuevos llamamientos se inicien no a partir del último seleccionado, sino del primero de la lista de candidatos que en esa fecha no se encuentre en servicio activo en la Administración General del Estado».

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