Así se pronunció el abogado en una rueda de prensa celebrada en Las Palmas de Gran Canaria para denunciar ante la opinión pública la cacería del Gobierno contra Radio San Borondón
{mosimage}SB-Noticias.– Ante la sanción de 100.001 euros y cierre de emisiones en Gran Canaria, el abogado José Manuel Rivero habló de atentado contra la libertad de expresión y el derecho a la comunicación, un atentado contra derechos elementales en democracia que se perpetra por claros intereses políticos, no en vano se trata de una emisora crítica con la labor política de quienes han venido gobernando en las islas.
Además de la evidente arbitrariedad al sancionar solo a Radio San Borondón “y tres emisoras más” entre cientos que emiten en idénticas condiciones en toda Canarias, unido a la inexistencia de criterios objetivos para imponer la sanción, el gobierno canario debió congelar el expediente sancionador, pero es que además la Justicia debió conceder las medidas cautelares solicitadas por la emisora, para preservar sus derechos democráticos elementales, cuestiones ambas que no se han dado y que vienen a agravar la situación de indefensión en la que se encuentra la emisora.
Rivero entiende que una resolución sobre el fondo del asunto, debió acceder a que se suspendiera la ejecución del precinto de los equipos de emisión de Radio San Borondón que pretende el gobierno de Canarias, ya que lo sensato era salvaguardar la finalidad del recurso, que es que se resuelva sobre los argumentos presentados por la defensa, no en vano Radio San Borondón emite sin interferencias y sin perjuicios a terceros y por frecuencias que no salieron a concurso público, concurso que recayó casi por completo en tres emporios empresariales ligados a Paulino Rivero y CC.
El letrado recuerda que el Tribunal Supremo, en sentencia de 2011, estimó que cuando están pendientes de resolverse situaciones similares en FM, no se debe desestimar la suspensión solicitada, sino al revés, se tiene que acceder a la suspensión cautelar del precinto, para dar oportunidad a que lo que se ventila en el recurso discurra con los argumentos y al final se dicte sentencia, porque si antes de dictar sentencia, se permite precintar la emisora, el recurso pierde su finalidad, sobre todo cuando se ha demostrado que no perjudica a nadie y que se trata de una emisora de interés cultural, de difusión de la cultura, fundamental para la salvaguarda de los valores de un Estado democrático y de derecho, el pluralismo social y político.
Añadió que la defensa de Radio San Borondón ha interpuesto recurso contra este auto, haciendo valer los argumentos en pos de que se suspenda la ejecución del precinto para las emisiones en Las Palmas de Gran Canaria y no se ejecute la multa de 100.001 euros, e insistió en que se trata de un medio alternativo, que molesta a los gobernantes por ser crítico, pero no menos cierto es que la sociedad reivindica la existencia de estos medios para contrastar y ponerse en frente de lo que dicen los medios propagandísticos.
Rivero insistió en que el juez debió acceder a las medidas cautelares, amparado por el artículo 20 de la Constitución, en el que se establece la libertad de expresión y el derecho a la información como derechos fundamentales, que no pueden ser conculcados, antes que otro argumento legalista, por cuanto esta no es una emisora comercial sino cultural.