{mosimage}{mosimage}Entrevista a José Manuel Rivero
SB-Noticias.- La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, con sede en Santa Cruz de Tenerife, Sección Primera, ha dictado sentencia desestimatoria contra el Recurso de Apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Adeje, "así pues, la solemne Justicia estrecha el cerco a los desalmados floteros y demás defraudadores que explotan licencias de taxis, en connivencias bananeras con las Áreas de Turismo, Transportes y Policía Local de Adeje", explica ATACA en una nota de prensa.
Reproducimos a continuación el contenido del comunicado enviado por ATACA:
Asociación ATACA.- La Sala de lo Contencioso Administrativo confirma nuestra Sentencia estimatoria de fecha 07 de Enero de 2014, que trae causa de la anterior Sentencia firme de fecha 09 de Marzo de 2012, por lo tanto, el Recurso de Apelación interpuesto por ese Ayuntamiento han dictado Sentencia desestimatoria, cuyo contenido demoledor y contundente, incluso, condenado en costas.
Don José Manuel Rivero.- Efectivamente, confirma la Sentencia de fecha 07 de Enero de 2014, dictada en el Procedimiento 210/2013, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº Uno, y determina ya categóricamente la Sala de lo Contencioso Administrativo, este es el titular ilustrativo: “Que por cada licencia de auto taxi por ustedes (Asociación ATACA) denunciadas tienen que incoarse un Expediente Sancionador singular, por cada licencia tienen que investigarse con respecto al fraude que incurren la licencia a través del oportuno Expediente, en consecuencia deriva en su revocación”.
Asociación ATACA.- Las certificaciones que tenemos en nuestro poder de cada licencia, reproducir la documentación que obra en Expediente Administrativo 71/2010, y si ese Ayuntamiento empieza a dar bandazos con subterfugios paralizantes y practicas dilatorias en la tramitación en favorecer a los FLOTEROS: los Rusos, los Pelinor, los Gomeros, los Vilaflor, los Granadillos, Macho Taoro, los Fragas… y demás defraudadores: jubilados, incapacitados y viudas de fallecidos titulares, entonces con los elementos probatorios acusar al Ayuntamiento de incurrir penalmente en delitos de prevaricación.
Don José Manuel Rivero.- Efectivamente, porque es orden de la Sala lo Contencioso Administrativo, dice que retrotráiganse las actuaciones e investíguense de cada licencia denunciada singularmente e incóense el Expediente oportuno para que se aporten las pruebas, se oigan al interesado, etc. que se determine en virtud de lo investigado y por cada procedimiento que determine la responsabilidad, con aquellos titulares concesionarios que están en fraude en la explotación en virtud al Real Decreto 763/1979, artículo 17, establece “la plena dedicación exclusiva e incompatible con otra profesión”.
Asociación ATACA.- Significa que los FLOTEROS y demás defraudadores que explotan las licencias en continuado fraude de Ley, deben ser REVOCADAS en virtud al estatal Real Decreto 763/1979, vigente en el momento de nuestras reiteradas denuncias que obran en Expediente Administrativo 71/2010.
Don José Manuel Rivero.- Tienen que incoarse Expediente Sancionador por cada licencia que ha denunciado la Asociación ATACA, aportando las pruebas documentales y otras certificaciones donde demuestran la vulneración de “la plena dedicación exclusiva e incompatible con otra profesión”, la labor que toca ahora en virtud a la Sentencia, obliga al Ayuntamiento por cada denuncia contra cada titular concesionario que infringe la Ley, no le queda más remedio que incoar Expediente porque así lo indica la Sala de lo Contencioso, esto ya es inmediatamente ejecutivo, esto hay que darlo ya a la opinión pública, comunicarlo y decir que ha sido una victoria de la Asociación ATACA donde se obliga al Ayuntamiento a investigar las denuncias por si infringen la Ley en lo que se refiere a la explotación de licencias de taxis que ustedes han denunciado y NO dar el cerrojazo sin incoar Expedientes como en su momento hizo ese Ayuntamiento, y por eso nosotros recurrimos y se nos han dado la razón.
Don José Manuel Rivero.- Efectivamente, confirma la Sentencia de fecha 07 de Enero de 2014, dictada en el Procedimiento 210/2013, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº Uno, y determina ya categóricamente la Sala de lo Contencioso Administrativo, este es el titular ilustrativo: “Que por cada licencia de auto taxi por ustedes (Asociación ATACA) denunciadas tienen que incoarse un Expediente Sancionador singular, por cada licencia tienen que investigarse con respecto al fraude que incurren la licencia a través del oportuno Expediente, en consecuencia deriva en su revocación”.
Asociación ATACA.- Las certificaciones que tenemos en nuestro poder de cada licencia, reproducir la documentación que obra en Expediente Administrativo 71/2010, y si ese Ayuntamiento empieza a dar bandazos con subterfugios paralizantes y practicas dilatorias en la tramitación en favorecer a los FLOTEROS: los Rusos, los Pelinor, los Gomeros, los Vilaflor, los Granadillos, Macho Taoro, los Fragas… y demás defraudadores: jubilados, incapacitados y viudas de fallecidos titulares, entonces con los elementos probatorios acusar al Ayuntamiento de incurrir penalmente en delitos de prevaricación.
Don José Manuel Rivero.- Efectivamente, porque es orden de la Sala lo Contencioso Administrativo, dice que retrotráiganse las actuaciones e investíguense de cada licencia denunciada singularmente e incóense el Expediente oportuno para que se aporten las pruebas, se oigan al interesado, etc. que se determine en virtud de lo investigado y por cada procedimiento que determine la responsabilidad, con aquellos titulares concesionarios que están en fraude en la explotación en virtud al Real Decreto 763/1979, artículo 17, establece “la plena dedicación exclusiva e incompatible con otra profesión”.
Asociación ATACA.- Significa que los FLOTEROS y demás defraudadores que explotan las licencias en continuado fraude de Ley, deben ser REVOCADAS en virtud al estatal Real Decreto 763/1979, vigente en el momento de nuestras reiteradas denuncias que obran en Expediente Administrativo 71/2010.
Don José Manuel Rivero.- Tienen que incoarse Expediente Sancionador por cada licencia que ha denunciado la Asociación ATACA, aportando las pruebas documentales y otras certificaciones donde demuestran la vulneración de “la plena dedicación exclusiva e incompatible con otra profesión”, la labor que toca ahora en virtud a la Sentencia, obliga al Ayuntamiento por cada denuncia contra cada titular concesionario que infringe la Ley, no le queda más remedio que incoar Expediente porque así lo indica la Sala de lo Contencioso, esto ya es inmediatamente ejecutivo, esto hay que darlo ya a la opinión pública, comunicarlo y decir que ha sido una victoria de la Asociación ATACA donde se obliga al Ayuntamiento a investigar las denuncias por si infringen la Ley en lo que se refiere a la explotación de licencias de taxis que ustedes han denunciado y NO dar el cerrojazo sin incoar Expedientes como en su momento hizo ese Ayuntamiento, y por eso nosotros recurrimos y se nos han dado la razón.