{mosimage}C7.- Águeda Montelongo podría enfrentarse en cuestión de días a una petición de condena por parte del fiscal de, como mínimo, cinco años de prisión y 9 de inhabilitación, según se desprende del auto del TSJC que la procesa como presunta autora de prevaricación, falsedad y malversación.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) difundió ayer el auto de la magistrada instructora del conocido como caso Patronato –presunto pago con dinero público de vacaciones en hoteles de lujo de Fuerteventura a altos cargos del Partido Popular camuflado de gastos de promoción de la isla– que acuerda transformar las diligencias previas (la investigación preliminar) en un procedimiento abreviado (una causa penal formal) contra la presidenta insular del PP y diputada regional Águeda Montelongo, contra el exgerente del Patronato de Turismo de Fuerteventura, José Luis Cabrera Bonny, y contra el exempleado del Patronato, Santiago Santana Herrera.
La magistrada del TSJC Carla Bellini afirma en el auto, difundido en primicia por este periódico, que los hechos podrían constituir presuntamente, en lo que se refiere a Montelongo, un delito continuado de prevaricación, otro continuado de falsedad en documento público y un tercero de malversación también de carácter continuado.
De acuerdo con el vigente Código Penal, el Ministerio Público, representado en esta causa por el fiscal Anticorrupción de Las Palmas Luis del Río, interesaría en su escrito de acusación –el auto le da cinco días para presentarlo– un mínimo de cinco años de cárcel y 9 de inhabilitación para Montelongo.
El cálculo de la pena a la que podría enfrentarse la exvicepresidenta del Cabildo de Fuerteventura deriva de la lectura más benigna del Código: la prevaricación está castigada con inhabilitación de hasta diez años; la falsedad contempla entre tres y seis años de cárcel y dos y seis de inhabilitación, y la malversación (menor de 4.000 euros, cual sería el caso) prevé de seis meses a tres años de cárcel y tres de suspensión.
Al hablarse de delitos continuados que se podrían apreciar en concurso medial (esto es, que uno se cometió para consumar el otro) la petición de cárcel sería, como mínimo, de cinco años.
Mecánica. El auto de transformación de las diligencias previas a procedimiento abreviado, equivalente al auto de procesamiento, no implica que los ya acusados se vayan a sentar indefectiblemente en el banquillo, pero se acerca mucho: si el Ministerio Fiscal interesa la apertura de juicio oral y formula acusación –Del Río informó a favor de la apertura de la causa– , la magistrada instructora no tendrá otra opción que abrir el juicio oral dictando un auto que no es susceptible de ningún tipo de recurso.
En referencia a los otros dos imputados, la magistrada Bellini aprecia indicios de que José Luis Cabrera podría haber cometido los mismos delitos que Montelongo pero en calidad de cooperador necesario (la prevaricación y la malversación continuadas) y de coautor en referencia a la falsedad en documento público, por lo que la pena a la que se enfrentaría sería casi la misma.
Santiago Santana estaría imputado como presunto coautor de un delito continuado de falsedad y de otro de malversación como cooperador necesario. La acusación pediría como mínimo tres años y medio de cárcel.