La censura, aprobada en pleno en noviembre de 2013, desbancó a Guadalupe González Taño y nombró a socialista Anselmo Pestana presidente
{mosimage}LaPalmaahora.– La sentencia se basa en el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 que, como medida cautelar, resolvió el pasado 30 de enero suspender la expulsión del PSOE de los seis consejeros socialistas decretada por la Federal del partido por pactar con el PP la moción.
CC, en el contencioso promovido y desestimado ahora por el TSJC, fundamentaba su solicitud de anulación de la censura en que, con arreglo Ley Orgánica de Régimen Electoral General para evitar los casos de transfuguismo, al haber sido dados de baja como militantes del PSOE los seis consejeros socialistas, los 12 votos que sumaban con los populares, eran insuficientes para sacar adelante la moción.
Según ha señalado Guadalupe González Taño, el TSJC no entra en el fondo del asunto y sustenta su sentencia en el mencionando auto del Juzgado número 2 de Santa Cruz de La Palma, emitido en el marco de la demanda civil planteada por los seis consejeros contra la decisión de la Ejecutiva Federal del PSOE de darlos de baja del partido por pactar con el PP. En ese auto se acordó “acceder a lo solicitado” por los repetidos consejeros y suspender “la medida adoptada por el partido político demandado respecto a sus afiliados demandantes, de expulsión tanto provisional como definitiva, manteniéndose a los afiliados en dicho partido desde el momento en que la misma se produjo, mientras dure el presente procedimiento».
Posteriormente, el pasado 30 de octubre, la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife dio la razón a la Federal del PSOE y revocó el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Santa Cruz de La Palma. Precisamente, el 25 de noviembre, la vista oral en que iba a dilucidarse este litigio fue suspendida por acuerdo de ambas partes (Federal y consejeros expulsados) al estarse negociando una posible solución fuera de la vía judicial.
Sin embargo, la sentencia del TSJC, insistió a este digital González Taño, se basa en el primer auto del Juzgado número 2 que, cautelarmente, daba la razón a los miembros del grupo Socialista apartados del PSOE como afiliados.
Guadalupe González Taño ha señalado a Efe que "el auto del TSJC es bastante escueto y se limita a no dar curso a la solicitud de CC, sin entrar a valorar la argumentación de la misma, entre otras cuestiones porque no tiene en cuenta el auto de la Audiencia Provincial que anuló las medidas cautelares aceptadas por el Juzgado de La Palma en favor de la militancia de los consejeros del PSOE".
La portavoz de CC entiende que "este es el final del recorrido de esta larga historia, desde el punto de vista jurídico", por lo que dan por sentenciado el pleito por la moción de censura.