Habrá que esperar a los informes científicos para contrastarlo", explicó Natalia Évora, consejera de Medio Ambiente del Cabildo de Fuerteventura
{mosimage}{mosimage}Audio de las declaraciones
SB-Noticias.- Vecinos y turistas de Costa Calma avisaron a primera hora de esta mañana de la localización del cadáver de un cetáceo (probablemente un cachalote pigmeo, aunque aún es necesaria una comprobación más exhaustiva por técnicos) en la playa de Costa Calma.
Los tres pozos petrolíferos exploratorios autorizados representan graves riesgos para las poblaciones de 28 especies de cetáceos existentes en el área. Especies que son consideradas de interés comunitario y se hallan en régimen de protección estricta por estar incluidos en el Anexo IV la Directiva Hábitats y los hábitats que caracterizan el lugar identificado para su propuesta como LIC ESZZ15002 Espacio marino del Oriente y Sur de Lanzarote – Fuerteventura.
Los científicos han denunciando reiteradamente la falta una adecuada evaluación de las repercusiones de la contaminación acústica subacuática sobre el lugar. Ni el estudio de impacto ambiental de Repsol, ni la declaración de impacto ambiental del Gobierno han evaluado como exige el art. 6.3 de la Directiva 92/43 los efectos del ruido subacuático para las especies y hábitat que caracterizan el lugar ESZZ15002 conforme a la información científica actualizada.
Tampoco se ha asegurado la integridad del lugar ni de los cetáceos y tortugas presentes en el área frente a la contaminación acústica subacuática de la exploración. Las medidas preventivas y correctoras recogidas en el estudio de impacto ambiental de Repsol, en la declaración de impacto ambiental del Gobierno y en la resolución de autorización de los tres pozos petrolíferos de exploración del Gobierno, no evitarán que la contaminación acústica subacuática cause perjuicios a la integridad del lugar ESZZ15002 de acuerdo con el art. 6.3 de la Directiva 92/43 ya que falta una evaluación ambiental adecuada y las medidas preventivas y correctoras previstas no pueden asegurar dicha integridad de acuerdo con el conocimiento científico actual. Las medidas correctoras previstas tampoco evitarán daños y perjuicios graves a las 28 especies de cetáceos protegidos por la Directiva Hábitat existentes en el entorno del área de perforación, vulnerando así el artículo 12 de la citada Directiva que prohíbe cualquier “perturbación deliberada de dichas especies”.