{mosimage}SB-Noticias.- La consejería de Agricultura abre la convocatoria para asignar las cantidades de referencia de este cultivo, de forma que 5.000 nuevas toneladas de plátanos podrán ser objeto de subvención. En dicho reparto se primará a los jóvenes agricultores que desean incorporarse a esta actividad agrícola, según puso de manifiesto el consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, Juan Ramón Hernández.
El Departamento autonómico publicará próximamente en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la convocatoria de asignación de cantidades de referencia de este cultivo incluidas en la reserva de cantidades no asignadas a ningún productor, para la campaña 2015, de forma que 5.000 toneladas de este cultivo podrán optar a subvención.
En dicho reparto, tendrán prioridad, por este orden, los jóvenes agricultores que sean agricultores "a título principal" -según la definición de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias-, siendo la cuantía asignada a cada productor, como máximo, la correspondiente a una superficie de una hectárea; seguidos de aquellos agricultores "a título principal", ya afiliados a una Organización de Productores de Plátanos (OPP), cuya superficie cultivada de plátanos sea inferior a una hectárea que deseen ampliarla hasta ese límite; y después de éstos, los agricultores "no a título principal", ya afiliados a una OPP cuya superficie de cultivo es menor a una hectárea y quieran incrementarla hasta ese tope.
En último lugar se encuentran los agricultores no afiliados a una OPP que hayan puesto en producción su explotación con posterioridad al 31 de mayo de 2002. Para éstos la cantidad de referencia asignada a cada productor será, como máximo, la correspondiente a una superficie de una hectárea.
Las solicitudes para acogerse a esta convocatoria se presentarán en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de dicho texto en el BOC,-que tendrá lugar en los próximos días-en los lugares y en la forma que se indique.
Las última asignación de cantidades de referencia se llevó a cabo en abril de 2010, repartiéndose ese año 3.371,95 toneladas.
El Consejo de Gobierno autorizó en su sesión de hoy al Servicio Canario de la Salud a interponer acciones jurisdiccionales, en nombre de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, contra el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) por la liquidación y reclamación de 2.351.533,87 euros en concepto de gastos del convenio de colaboración para el control de la Incapacidad Temporal (IT) correspondientes al ejercicio de 2011.
El Consejo de Gobierno aprobó en su sesión de hoy el proyecto de Decreto por el que se establece el procedimiento para la integración, en la condición de personal estatutario, del personal funcionario sanitario que presta servicios en los centros e instituciones sanitarias integradas en el Servicio Canario de la Salud (SCS).
La aprobación se produce después de que, el pasado 18 de septiembre, el Consejo Consultivo de Canarias dictaminara que el proyecto de Decreto se ajusta al ordenamiento jurídico.
La disposición reglamentaria, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, tiene por objeto el establecimiento del procedimiento, los requisitos, las condiciones y efectos del proceso para la integración del personal funcionario del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidad de Medicina Asistencial, así como del perteneciente al Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Titulados Sanitarios de Grado Medio, especialidades de Enfermería Asistencial y Enfermería Obstétrica.
Este proceso es consecuente con las disposiciones que sucesivamente se han ido produciendo para la incorporación gradual al régimen estatutario del personal de diversa procedencia que presta servicios en las instituciones sanitarias del Sistema Nacional de la Salud.
En este sentido, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, que aprueba el Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud adopta el régimen estatutario como el modelo de vinculación jurídica que ha de regular las condiciones laborales de los profesionales que prestan servicios en las instituciones sanitarias.
Es por ello que el Gobierno de Canarias haya aprobado el proyecto de Decreto al objeto de homogeneizar las relaciones de empleo del personal de cada uno de los centros, instituciones o servicios sanitarios del SCS.
Publicado el Decreto, la integración en la condición de personal estatutario podrá ser solicitada por el personal funcionario de carrera sanitario en situación administrativa de servicio activo, en situación administrativa que implique la interrupción en la relación funcionarial o en excedencia. Asimismo, corresponde a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la facultad de convocar y resolver los procesos de integración.
La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias ha dado cuenta hoy al Consejo de Gobierno de la suscripción de un convenio de colaboración firmado por el departamento autonómico, la sociedad mercantil pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental (Gesplan) y el Ayuntamiento de Teguise, así como de la rúbrica de una Adenda a dicho convenio, el cual tiene como objeto dar apoyo y asistencia técnica en la gestión y ejecución en materia de renovación turística.
El citado convenio persigue regular las relaciones entre el Ayuntamiento de Teguise y la Comunidad Autónoma, a través de la citada Consejería, con la finalidad de que Gesplan, en su condición de medio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, apoye técnicamente a la Corporación municipal en las tareas asociadas con la renovación turística de la planta alojativa y de la oferta complementaria turística, en el marco establecido en el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa Teguise, así como en las revisiones y/o modificaciones posteriores del mismo que pudieran producirse.
En virtud del señalado acuerdo, ambas administraciones, en base a los principios de cooperación interadministrativa, deberán colaborar en todo momento entre sí y con el resto de administraciones potencialmente implicadas en los expedientes, así como con Gesplan. Asimismo, deberán buscar solventar los obstáculos que pudieran surgir mediante la negociación y el logro de soluciones consensuadas.
De manera paralela, la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias también ha dado cuenta hoy al Consejo de Gobierno de la suscripción de dos Adendas a convenios de colaboración suscritos entre el departamento autonómico y los ayuntamientos de la Villa de La Orotava y San Miguel de Abona, respectivamente, en materia de ordenación territorial.
Estas Adendas corresponden a dos convenios firmados en 2013 para la formulación, tramitación y aprobación, con carácter supletorio, del contenido estructural de los planes generales de ordenación de los citados municipios, así como de las ordenaciones pormenorizadas que resulten necesarias para implantar los sistemas generales, las dotaciones y servicios públicos, la implantación y ejecución de las viviendas de protección pública, la creación y ordenación del suelo industrial, la mejora de la calidad alojativa turística y la implantación de sus equipamientos complementarios.
A través de dichas Adendas se amplía el contenido de los planes generales supletorios de la Villa de La Orotava y de San Miguel de Abona, de manera que la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, con la aceptación expresa de los ayuntamientos de las localidades señaladas, amplía los compromisos asumidos en las cláusulas primeras de los convenios, asumiendo en consecuencia dicha Consejería la obligación de integrar la totalidad de las determinaciones que se consideren oportunas para completar los planes generales de ordenación sin limitación de contenido.
Los citados planes generales de ordenación, sin perjuicio de su carácter supletorio, se ajustarán, por tanto, al contenido de lo establecido en los artículos 32 y, en su caso, 33, del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación y de los Espacios Naturales de Canarias.