Tras afirmar que esa interpretación se debe a un error de El Día, sí reconoce que es el abogado de Guillermo Núñez
{mosimage}SB-Noticias.- En conversación con la redacción de San Borondón Noticias, el letrado, ex fiscal general del Estado, se mostró muy molesto con las informaciones vertidas en la prensa, en las que se asegura que está defendiendo al ex alcalde de Santa Cruz, Miguel Zerolo, tras la sentencia que le condena por el caso García Cabrera: “No he sido, ni soy abogado defensor de Miguel Zerolo, como erróneamente aparece en el periódico”.
En la conversación mantenida este jueves con la redacción, explicó que El Día lo llamó para preguntarle por la situación que se ha producido con la sentencia del Supremo sobre el caso García Cabrera, que además de afectar a su defendido, Guillermo Núñez, afecta a quien por entonces era alcalde, Miguel Zerolo.
Entre sus argumentos, destaca que “la sentencia de la Sala II del Tribunal Supremo que condenó a Miguel Zerolo como autor de un delito de prevaricación administrativa, y al catedrático de Derecho Financiero y Tributario Guillermo Núñez como cooperador necesario del mismo delito, será recurrida en amparo ante el Tribunal Constitucional, previa interposición de incidente de nulidad ante la mima Sala del Tribunal Supremo, por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva proclamado en el artículo 24 de la Constitución, al considerar que se ha vulnerado gravemente la separación de poderes y el principio de seguridad jurídica y autonomía local previsto en el art.132 de la Constitución”.
Añade que “La sentencia considera que el levantamiento por el Alcalde de los reparos económico-financieros formulados por el Interventor de una Administración Pública, en este caso por una funcionaria no Licenciada en Derecho, constituye un delito de prevaricación, ignorando que los reparos de un Interventor no gozan de la presunción de legalidad de los actos administrativos y que la facultad, con fuerza ejecutiva, de resolver los reparos por el Alcalde, que le confiere expresamente la ley, dimanante del principio constitucional de autonomía local, no es recurrible ni en vía administrativa ni jurisdiccional, ya que si los reparos del Interventor fueran vinculantes se paralizarían todas las Administraciones Públicas que serían así gobernadas por los Interventores y no por el Alcalde y los Concejales elegidos democráticamente”.
En su escrito, Hernández añade que “Esta sentencia acarrea la grave consecuencia de que le confiere el poder local a los Interventores, ya que a partir de ella los Alcaldes, si levantan los reparos en el ejercicio de sus competencias legalmente reconocidas, pueden cometer un delito de prevaricación. En este caso, a mayor abundamiento, el Alcalde levantó los reparos del Interventor en base a un informe favorable de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, apoyado nada menos que en 10 sentencias de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que la Sala II de lo Penal ha ignorado olímpicamente. Esta Sala se ha apartado de su propia jurisprudencia que considera que en el caso de que una actuación administrativa sea jurídicamente discutible, como discutible es la naturaleza de las obras realizadas en el Instituto Gracia Cabrera, no se comete prevaricación, que tampoco se puede apreciar cuando se ha actuado de acuerdo con el informe favorable dela Asesoría Jurídica de la Corporación, como en este caso”.
Por otro lado se hizo eco de las afirmaciones de Felipe Campos en Radio San Borondón en las que lo acusaba de ser el abogado de todos los imputados y acusados de CC, asegurando que él no defiende a corruptos, sino a gente de cuya inocencia está convencido. En este sentido menciona casos como el ICFEM en el que asumió la defensa del ex consejero de empleo Vícor Díaz "que es mi amigo y en cuya honradez creo plenamente" y augura que la sentencia que próximamente verá la luz la será "sonada". Menciona también el popular caso "Mamotreto de Las Teresitas", que llegará al Constitucional y está convencido que finalemnte dará la razón a sus defendidos.