EUROPA PRESS/17 de febrero de 2009.-Santa Cruz de Tenerife. Las investigaciones realizadas por la Fiscalía de Medio Ambiente de la provincia de Tenerife concluyen que la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha iniciado las obras en la playa de Las Teresitas, con especial hincapié en el aparcamiento, sin "contar con las autorizaciones preceptivas", según la denuncia por la presunta comisión de un delito relativo a la ordenación del territorio y prevaricación urbanística presentada en el juzgado número 2 de la capital tinerfeña.
Según el documento, al que ha tenido acceso Europa Press, facilitado por la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN), tanto 'El proyecto de ordenación del Frente Marítimo Playa de Las Teresitas', como el mismo proyecto en 'Zona de San Andrés' así como el 'proyecto modificado número 1" fueron aprobados sin las autorizaciones, "pese a que el mismo significaba en cabeza y final de la playa, de una parte, la ejecución de obras en zona de dominio público marítimo terrestre según el deslinde vigente".
El documento señala, asimismo, que para hacer tales obras se precisaba de "la necesaria autorización del Ministerio de Medio Ambiente existiendo únicamente un convenio de colaboración entre administraciones que no había sido firmada y supeditado con caracter previo a un nuevo deslinde".
Asimismo, el proyecto precisaba de autorización previa de la Comunidad Autónoma por ocupar zona de servidumbre "debiendo añadirse a ello que por encontrase en trámite el deslinde del dominio público marítimo terrestre en el tramo de costa que afecta a la Playa de Las Teresitas no era posible" tal autorización o concesión ni en dominio público, ni en zona de servidumbre por "quedar suspendidas en la tramitación", aclara el documento.
Las investigaciones de la fiscalía concluyen también que las obras, adjudicadas a la empresa OHL estuvieron "amparadas" en resoluciones del Consejo de Administración de la Gerencia Municipal con "modificaciones sustanciales –como una planta más– sin que se diera cuenta a la dirección general de Costas, ni a la Comunidad Autónoma".
Según el informe que no existe constancia de que los cambios pudieran resultar "acordes" con el planeamiento urbanísticos". La fiscalía concluye también que la edificación sobre la servidumbre es un delito previsto y penado en el artículo 319-1 del Código Penal por haber construido sin autorización, sabiendo que no se había firmado el acuerdo con el ministerio y que se tramitaba el deslinde.
"En consecuencia, las circunstancias expuestas revela indicios de que las resoluciones pondrían no regirse por la normativa aplicables, y haberse dedicado por interferencia de intereses ajenos o contrarios al interés público y por tanto ser constitutivos de un delito de relativo a la Ordenación del Territorios y otro de prevaricación previstos y penados en los artículos 319 y 320 del Código Penal".
La fiscal pide la declaración como imputados en este asunto al Gerente de Urbanismo, José Tomás, así como a los técnicos Epifanio Gómez, Loreto Ortíz y Candelaria Benítez. Ha solicitado además la presencias del interventor municipal, y los técnicos de la APMUN.
ADMINISTRATIVO Y PENAL
Estas diligencias han sido trasladadas a ATAN con el fin de que el contencioso administrativo presentado por la asociación fuera resuelto con posterioridad a la 'causa penal', que podría demorarse más en el tiempo.
El abogado de la Gerencia de Urbanismo ha solicitado que "habida cuenta que la decisión del tribunal penal acerca de tales hechos pudiera tener influencia decisiva en la presente controversia" suplicó al Juzgado de lo Contencioso Administrativo que dictara un auto "por el que se acuerda la suspensión de las presentes actuaciones hasta que la jurisdicción penal resuelva con carácter firme la cuestión prejudicial penal".
En este sentido, la organización ha rechazado esta medida, solicitando que cuanto antes se resuelva la causa administrativa. Reconocen, en este sentido, que los argumentos aportados por la Fiscalía está dentro de la misma línea que ha defendido en todo momento ATAN y consideran que se ha de resolver siguiendo los cauces habituales.