Santiago Pérez recurre el archivo del caso Reparos
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Tras analizar el auto de Tribunal Supremo que archiva el caso Reparos, denunciado en 2018 por una posible prevaricación continuada por parte de Fernando Clavijo, hoy aforado en el Senado, cuando era alcalde de La Laguna, Santiago Pérez anuncia que va a recurrir dicho archivo. Y añade que "un archivo de plano es sencillamente incomprensible".
Reproducimos a continuación el análisis que sobre el Auto ha emitido el concejal de La Laguna y senador socialista por la Comunidad Autónoma Santiago Pérez:
«La lectura del Auto dictado por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado señor Marchena, en relación con el caso Reparos, me genera las siguientes reflexiones:
- La primera es que mantengo plena confianza en la labor que a lo largo y ancho del país desempeñan miles de jueces y juezas que cumplen su función constitucional con imparcialidad, pleno respeto al ordenamiento jurídico, y muy particularmente con respeto al principio constitucional de igualdad ante la Ley.
- Al mismo tiempo, y creo que lo comparten muchos ciudadanos, se incrementa en mí la desconfianza hacia el modo de actuar de algunos jueces y magistrados de la cúpula de la estructura judicial de nuestro país.
- Mantengo el criterio expresado en artículos periodísticos anteriores a este Auto: A veces parece que en esos altos tribunales se extreman las garantías de los justiciables, y nada tengo que objetar, pero se hace cada vez con más frecuencia con respecto a los justiciables de una parte del espectro social y político de nuestro país.
- Es difícilmente comprensible la exclusión de asuntos judiciales y de corrupción graves de personalidades del mundo conservador: es casi inexplicable la exclusión de la ex ministra del Gobierno de Rajoy y presidenta de Castilla La Mancha, María Dolores de Cospedal, del caso Kitchen (la utilización por el Partido Popular del poder del Estado para atacar derechos individuales con la finalidad de borrar los rastros de su corrupción).
- Los mismos altos órganos judiciales despliegan toda una jurisprudencia creativa e imaginativa en un campo tan delicado como el del Derecho Penal: hay casos importantes como el de los ERE en los que a juicio de los magistrados discrepantes y autoridades en Derecho Penal como Quintero Olivares, aplican analógica y extensivamente fi guras delictivas del Código
Penal que las propias garantías de la ciudadanía deberían impedirlo y prohibirlo (principio de legalidad). En algunos casos, sustituyen pruebas efectivas por suposiciones, y sobre esa base sustentan enjuiciamientos y condenas.
- Todo esto refuerza mi convicción de que la existencia de los aforamientos es una degradación del orden constitucional y una derogación efectiva de principios constitucionales tan primordiales como el de la igualdad ante la Ley. Y el principio del juez predeterminado por la Ley. El aforamiento permite a la persona investigada elegir el tribunal que le va a investigar y que le va a juzgar. Y eligen altos tribunales, la Sala Segunda del Tribunal Supremo, y no los jueces que integran la justicia ordinaria.
- El Consejo de Estado, en el año 2016, en un dictamen importante emitido a instancias del Gobierno, dijo que el aforamiento sólo tenía sentido cuando se investigan actos que el aforado ha realizado en el ejercicio de su cargo. Pero es un escándalo y una derogación de principios constitucionales primordiales que cargos públicos de todo el país que están siendo investigados por actuaciones indiciariamente delictivas en el ejercicio de su cargo como alcaldes se aforen, se conviertan en senadores o diputados, para elegir el tribunal que les va a investigar y que les va a juzgar. Y resoluciones como ésta a mí me producen desazón y desconfianza.
- La instrucción del caso Reparos fue remitida al Tribunal Supremo con una memoria muy argumentada de la jueza de instrucción y con un escrito de más de cien folios de la Fiscalía Anticorrupción, que ha llevado la dirección de esta investigación desde que en 2019 solicité que interviniera ante la inhibición de la Fiscalía ordinaria durante año y medio a la hora de impulsar las diligencias judiciales para investigar este asunto.
- El caso Reparos es de una extraordinaria gravedad y ha consistido básicamente en que el término municipal de La Laguna se derogaron de facto las leyes relativas a la contratación del sector público y se creó, en palabras de la Fiscalía Anticorrupción, “un mercado protegido”.
- Cerraron el mercado. Y colocaron dentro, en régimen de monopolio, a determinadas empresas, de manera que se impidió durante años el derecho de igualdad y libre competencia en la contratación a las demás empresas y ciudadanos. Y a la Administración de La Laguna seleccionar la mejor oferta en términos de calidad y precio, que es la razón de ser de la legislación de contratos del sector público.
- l caso Reparos es un caso sistémico tan grave como jurídicamente sencillo. Y la Sala Segunda del Tribunal Supremo lo ha despachado sin miramientos, generando la sensación de que en España hay dos códigos penales distintos: uno que aplica la justicia ordinaria a la ciudadanía y otro que aplican altos órganos judiciales a los aforados. Es como si volviéramos a la edad precontemporánea, previa a las revoluciones liberales, cuando la sociedad era una sociedad estamental en la que cada estamento tenía su estatuto jurídico y sus jueces.
- Conocer condenas de inhabilitación tan graves como la impuesta por más de 8 años a la alcaldesa de San Juan de la Rambla por pagar 3.000 euros a un medianero de una fi nca expropiada por el Ayuntamiento o 4.000 euros en pluses a funcionarios al margen del procedimiento legal, produce una sensación de agravio comparativo infinito. Y por tanto de injusticia y de arbitrariedad a la hora de aplicar unas leyes que deben aplicarse en términos de igualdad para todos.
- Y en el caso Reparos la propia Fiscalía Anticorrupción habla de cientos de decretos aprobados por Fernando Clavijo desoyendo las advertencias de ilegalidad constantes de la Intervención General del Ayuntamiento conocidas como reparos. Cientos de decretos, algunos de ellos comprometiendo al margen de la Ley y pagando cantidades millonarias.
- Cuando vemos esta práctica sistémica no queda otra que preguntarse a cambio de qué: durante muchos años a las mismas empresas se les permitió continuar con una línea de negocio, porque no están obligadas a aceptar prórrogas o autorizaciones de continuidad, sin el contrato que lo habilitara. La pregunta evidente es a cambio de qué, porque cuando a una empresa se le permite de forma discrecional y al margen de la legalidad continuar con una línea de negocio, la pregunta surge siempre.
- En resumen, un alcalde, en contra de las advertencias de ilegalidad formuladas por la Intervención General con carácter previo a la toma de decisiones, una y otra vez, hasta varios cientos, autoriza a varias empresas a dedo a seguir gestionando servicios públicos por los cuales muchas veces cobraban del Ayuntamiento millones de euros.
- En estas circunstancias, un archivo de plano es sencillamente incomprensible. Nosotros vamos a recurrirlo, en súplica ante el propio Tribunal, pero no podemos dejar de hacerlo porque desde el primer momento la actuación que hemos desplegado durante años en este asunto es en cumplimiento del deber legal que nos impone a los funcionarios y cargos públicos el art. 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».